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Año: 1966, Fallos: 264:184 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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la acción penal, en una causa por falsificación de documentos atribuida a su anterior ejercicio de la procuración.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

En atención a lo que resulta de la providencia obrante a fs. 21 de los autos agregados, no tengo reparo que formular a la presente solicitud. Buenos Aires, 24 de noviembre de 1965. Ramón Lascano.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 1? de abril de 1966.

Vistos los autos: "Hernanz García, Hipólito s/ información ley 10.996".

Considerando:

Que el sobreseimiento definitivo que recayó en la causa agregada sin acumular, lo fue por prescripción de la acción penal. Ello deja en pie la intervención del solicitante en un caso no juzgado, en razón de su propia rebeldía procesal, de falsificación de documentos acaecida con motivo de su anterior ejercicio de la procuración y revela una conducta de grave irregularidad en el desempeño de su profesión arg. art. 8, inc. 2", ley 10.996, doctrina de Fallos: 207:22 ; 217:70 , 207).

Que, en tales condiciones, corresponde denegar la reinscripción pedida.

Por ello, habiendo dictaminado el señor Precurador General, se deniega la reinseripción de don Hipólito Hernanz García en la Matrícula de Procuradores de esta Corte.

ARISTÓBULO D. ARÁOZ DE LAMADRID — Luis MARÍA Borri BocGEro — PEDRO ABERASTURY — RICARDO Co
LOMBRES — CARLOS JUAN ZAVALA
RopRrÍGUEZ — AMÍLCAR A. MERCA

DER.

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Año: 1966, CSJN Fallos: 264:184 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-264/pagina-184

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