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Año: 1966, Fallos: 266:219 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ANGEL ROBERTO BASILE v. MARCELO EUGENIO GARBARINO Y Orios RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones enteriores a la sentencia definitiva. Medidas prevantorias, Las resoluciones referentes a medidas contelares, =ea que las deereten, levanten_o modifiquen, mo constituyen, como principio, sentencia definitiva a los fines del recurso extraordinario. Dicha doctrina resulta aplicable a la decisión apelada, que confirmó la del inferior que no hizo Ingar al pedido de levantamiento del embargo trabido sobre un piano, con fandamento ex que sir aro No estaba efretado a profesión o arte alguno (1).

FRANCISCO GRAZIOSI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones uo federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Doble instancia y recursos.

La decisión del tribunal de la enusa que dec'ara la improcedencia del recurso ante él interpuesto, mediante fundamentos de orden procesal que bastan para sustentarla, es irrevisable en la instancia extraordinaria.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos, Casos varios, Las medidas para mejor proveer constituyen facultades privativas de los jueces de la causa y no autorizan la intervención de la Corte por vía del recurso extraordinario, CONSTITUCION NACIONAL: Derechos 4 garautías, Defensa, eu juicio. Procedimiento y sentencia, No son admisibles los myravios basados en no haberse accedido a la designación de médicos forenses pura que informen sobre la invalidez alegada, si la resolución del Instituto Nacional de Previsión Social, denegatoria de la jubilación, se sustentó en dictámenes emanados de orgunismos técnicos competentes y a su respecto no media impugnación alguna que justifique en los términos de la jurisprudencia de la Corte— ln invocnción de la enrantía de la defensa en juicio.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 28 de noviembre de 1966.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el recurrente en la causa Graziosi, Francisco s/ jubilación", para decidir sobre su procedencia.

1) 28 de noviembre. Fallos: 251:202 ; 257:305 .

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Año: 1966, CSJN Fallos: 266:219 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-266/pagina-219

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