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Año: 1974, Fallos: 289:422 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ledera que permita asignarles una intención que incluya los móviles expresamente señalados por el art. 1 de la ley 20.508.

No obsta a este criterio la circunstancia de encontrarse Felipe Vallese entre las tantas personas ilegitimamente detenidas, pues si bi:n como consecuencia de su desaparición el hecho adquirió posteriormente repercusión pública y política, ello no autoriza a invocar la ley de ampistía. .

4) Que, en cuanto al delito de homicidio contra los menores Carlos Rodríguez Fontán y Luis Saijo, analizadas las características y circunstancias del hecho, tampoco puede inferirse elemento alguno que permita caracterizar la conducta de los procesados como realizada con una finalidad política Por ello, habiendo dictaminado el señor Procurador General, se confirma la sentencia de fs. 2178 por la que se deniega la aplicación de la ley de amnistía.

MicvEL ANGEL BERCAITZ — Acustín Díaz BiaLer — MAnvEL ARAUZ CASTtEx.


NATALIA RATKOVICH v. PABLO A. RINAUDO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal Superior.

Si la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires trató expresamente, al decidir el recurso de inaplicabilidad de ley, los agravios cuya consideración trae el apelante a la Corte Suprema por vía del recurso extraordinario, debe concluirse que aquel pronunciamiento reviste, en el caso, el carácter de sentencia definitiva del superior tribunal de la causa, a los efectos del art. 14 de la ley 48, por lo que es improcedente el recurso interpuesto con anterioridad contra el fallo de la Cámara (').

1) 10 de setiembre. Fallos: 271:11 i; 277:352 ; 283:330 , 375.

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Año: 1974, CSJN Fallos: 289:422 
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