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Año: 1984, Fallos: 306:1452 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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GERARDO OTTO MONTI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

Es improcedente el recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó la demanda articulada por los progenitores de la víctima de homicidio

RECURSO EXTRAORDINARIO. Requisitos propios. Cuestiones no federales Sentencias arbitrarias, Improcedencia del recnrso.

La tacha de arbitrariedad no se configura por la circunstancia de haberse apartado el a quo de la doctrina establecida por la Corte Suprema en otros casos y por vía distinta : ha imentada 6).


LUIS BRASERAS y- OTROS

TASA DE JUSTICIA.
La remisión del art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de Ta Nación a las disposiciones de las leyes nacionales que conceden exenciones al pago de sellado o de tasa judicial, no incluye el supuesto del inc. 5). del art. 29, de la ley 21.859, qu: no consiste propiamente en una exención, sino en una obligación bajo condición suspensiva, sujeta al resultado de la queja (3), 6) 27 de septiembre. Fallos: 303:386 , 415:304 :267.

12) Fallos: 296:53 .

627 de septiembre. Causa "Pricto Alonso, Emilio y Peroni, Carlos María s/extorsión", del 22-de mayo de 1984,

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1452 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-306/pagina-1452

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