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Año: 1987, Fallos: 310:933 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DEPRECIACION MONETARIA: Principios generales. . . El reconocimiento de la depreciación monetaria sobreviniente no traduce la creación de una nueva prestación ni hace a la deuda más onerosa que en su origen, sino que sólo mantiene el valor económico real frente al paulatino envilecimiento de la moneda (1). - .

HONORARIOS: Regulación. - , El art. 61 de la ley 21.839 establece cuál es el procedimiento a seguir en el supuesto de honorarios impagos cuando hubiese mora del deudor, sin —. hacer alusión: alguna a la necesidad de establecer emolumentos complementarios.

ANDRES PEDRO CANOVAS y. AEROLINEAS ARGENTINAS .

EMPRESA DEL ESTADO

GOBIERNO DE FACTO. .
Es aplicable a la ley 21.476, para cuyo dictado no se observó el procedimiento prescripto por la Carta Magna para la sanción de las leyes, el criterio según el cual la validez de las normas y actos emanados del Pode:

Ejecutivo de facto está condicionada a que, explícita o implícitamente, el _ gobierno constitucionalmente elegido que Jo sucede los reconozca (2).


AMALÍA ICELDA ELIAS ve QUESADA v. PROVINCIA »e BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto. —— La sentencia que declaró inadmisibles los recursos extraordinarios de in- ° constitucionalidad y de inaplicabilidad de la ley, por no haber efectuado (1) Fallos: ' 299:146 ; 300:344 , 864; 301:319 . 2) 14 de mayo. Resolución 264/84 dictada en el Exp. S. 372/84 del 27 . de marzo de 1984.

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:933 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-310/pagina-933

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