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Año: 1990, Fallos: 313:1469 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propias. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias.

Improcedencia del recurso.

No se advierte un caso de arbitrariedad que justifique ).. imervención del Tribunal en la sentencia que dispuso la remoción de un síndico (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).


LUIS VICENTE GIACHETTI y OTRO v. SERVICIOS ELECTRICOS DL
GRAN BUENOS AIRES S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples.

Interpretación de las leyes federales. Leyes federales en general.

Coresponde habilitar la instancia del art. 14 de la ley 48 xi encuentra controvertida la aplicación y alcance de una ley de carácter federal como la 19.552 y la decisión ha xido contraria a las pretensiones del apelante (1).

SERVIDUMBRE,
Las propios términos de la ley 19.552 impiden interpretar que la mera constitución de la servidumbre genere la obligación de indemnizar y tornan aplicable la doctrina según la cual el concepto de indemnización de perjuicios lleva implícita la realidad de éstos y, para su establecimiento judicial, requiere la comprobación suficiente de tal realidad (2).

SERVIDUMBRE.
Laconstitución de la servidumbre de electroducto es potencialmente apta para gencrarun daño indemnizable cuya existencia debe ser comprobada y su cuantía valorada con suma prudencia porlos jueces de la causa, verificando en cada caso la incidencia que tiene sobre los inmuebles.

afectados.


RAUL OSVALDO REY y Otra v. DANIEL SALVADOR

FISICARO y OTROS
DEPRECIACION MONETARIA: Honorarios.

Del juego armónico de los arts. 49 y 61 de Ia ley 21.839 debe interpretarse que. si bien la ley 1) 18 de diciembre.

2) Fallos: 304:1603 y 308:926 .

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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:1469 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-313/pagina-1469

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