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Año: 1991, Fallos: 314:238 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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28 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA 314 expediente N" 66.181. Funda su presentación en los arts. 28 de la ley 19.549 , de Procedimientos Administrativos, y 8, inc. f, de la ley 23.473.

De conformidad la doctrina de este Tribunal, cabe prescindir del nomen , juris utilizado por los actores y atender a la real sustancia de su petición Fallos: 307:2412 ) de manera que -como lo señala el señor Procurador General- debe entenderse que lo pretendido es la ejecución de la sentencia .

oportunamente dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Que la ley 23.473 ha creado la Cámara Nacional de Apelaciones de la :

Seguridad Social, habiéndole atribuido competencia en los asuntos que determina el art. 8° de la misma, por lo que a criterio de este Tribunal «aplicando la doctrina sostenida en Fallos: 304:1082 ; 310:1378 , y sentencias .

in re: R. 586.XXI. "Rolón Zappa, Víctor Francisco s/ queja" y V.9.XXII.

Vecchio, Francisco s/ jubilación ordinaria", del 25 de agosto y 27 de setiembre de 1988, respectivamente- es a la Justicia Nacional del Trabajo, ' por medio de los juzgados nacionales de primera instancia, a la que le corresponde el conocimiento en las ejecuciones de las sentencias dictadas porla Cámara Nacional de Apelaciones de ese fuero, en virtud de su anterior competencia, así como de las que dicte la Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social por la competencia atribuida en el art. 8° de la ley 23.473. e " Por ello, y de conformidad en lo pertinente con lo dictaminado por el señor Procurador General, se declara la competencia del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 35 para entender en las presentes actuaciones, las que le serán remitidas. Hágase saber a la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social.

RICARDO LEVENE (11) — MARIANO AuGUsto CAVAGNA MARTÍNEZ — CARLOos S. FAYr — Augusto C£sar BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — Jutlo S. NAZARENO — JuLIO OYHANARTE — EDUARDO MoLIN£ O'Connor.

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:238 
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