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Año: 1961, Fallos: 249:356 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ROSARIO SCALZONE v. CLUB CHARLESTON y OTROS

RECURSO DE QUEJA.
Corresponde desestimar la queja cuando, de los autos principales requeridos por la Corte, no resulta que haya sido interpuesto y denegado recurso extraordinario alguno para ante el Tribunal (1), RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del vecurso Forma.

El planteamiento del caso federal, formulado en oportunidad de deducirse el recurso de inaplicabilidad de ley, no constituye interposición válida de la apelación extraordinaria (2).


MANUEL SANTAMARIA y OTRO v. PASCUAL PINI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. "Término.

El término para deducir el recurso extraordinario, que es fatal y perentorio, no se interrumpe ni suspende por la interposición de otros recursos para ante el tribunal de la causa, como son los de apelación y nulidad, que han sido declarados improcedentes, en el caso, pur la Cámara Nacional de ApeIaciones de Paz (3).


MIGUEL EUDORO SARRASIN v. RAMON ROSA DOMINGO BARBER
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

No procede el recurso extraordinario cuando la sentencia apelada, en tanto decide que el demandado justificó extemporáneamente su incomparecencia a la audiencia de prueba, tiene fundamentos de hecho y de derecho procesal que hastan para sustentarla y que son irrevisibles por la Corte (°).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento.

La atinente a la inconstitucionalidad del art, 30 de la ley 2580 de la Provincia de Tucumán, no propuesta en el escrito en que se interpuso el recurso extraordinario, es insusceptible de consideración por la Corte (5).

1) 22 de marzo, 2) Fallos: 234:767 , 759; 241:150 , 3) 22 de marzo, Falios: 244:43 ; 246:47 , 4) 22 de marzo, 5) Fallos: 244:220 , 305, 391, 526; 245:108 , 421.

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Año: 1961, CSJN Fallos: 249:356 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-249/pagina-356

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