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Año: 1961, Fallos: 250:120 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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120 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
AMALIO ARTO y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Resolución contraria.

El conocimiento de la demanda de amparo interpuesta con motivo de actos originados a DE de autoridades nacionales a ejecutarse en Mar del Plata, de Buenos Aires, compete a los tribunales federal-s con jurisdicción en esa ciudad.

Corresponde, entonces, hacer lugar al recurso extraordinario fundado en la denegatoria del fuero federal y revocar la decisión de la Cámara que declaró la incompetencia de dicho fuero (1).


CIRIACO CALLETANO MAGALLAN Y OTRO v. S. R. L. FIBROLIN
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

Es improcedente el recurso extraordinario fundado en que la aplieación del convenio colectivo de trabajo que rige la industria textil y de los leyes 11.544 y 14.250 es violatoria de garantías consagradas en la Con

Las cuestiones suscitadas con motivo de la interpretación de normas de índole laboral, eon las que no guardan relación d'ecta los preceptos constitucionales que se pretende violados, son ajenas a la instancia extraordinaria (2).


EMPRESA FERROCARRILES per. ESTADO ARGENTINO v. MUNICIPA- J

LIDAD ȣ 11 CIUDAD DE CORDOBA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional, Competencia originaria de la Corte Suprema. Generalidades.

Los arts, 101 de la Constitución Nacional y 24, ine, 1°), del deereto-ley 1285/ 58, que reglamentan la jurisdicción originaria de la Corte Suprema, no contemplan los supuestos de enusas seguidas contra personas no aforadas, como son las municipalidades (3).

S.R.L. ALDEANO BAR v. CAROLINA CHICHILNISKY-vr YANKUELE
VICH y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no f?derales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Doble instamkia y recursos.

La resolución denegatoria del recurso de inaplieabilidad de ley no comporta, como principio, cuestión federal que justifique el otorgamiento de la apelación extraordinaria (°).

1) 5 de julio. Fallos: 244:376 ; 247:238 , 2) 5 de julio. Fallos: 247:212 .

3) 5 de julio.

4) 35 de julio. Fallos: 245:24 ; 246:47 , 135, 384.

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Año: 1961, CSJN Fallos: 250:120 
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