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Año: 1961, Fallos: 251:452 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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F —- TALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FEDERACION ve OBREROS y EMPLEADOS pr La INDUSTRIA prL
PAPEL, CARTON, QUIMICOS y AFINES V. S.R. L, GARCIA
STAGNARO E Hizo 1ONORARIOS: Regulación.

El monto del juicio, a los efectos de proceder a la regulación de honorarios en los supuestos de haberse rechazado totalmente la demanda, es la mitad de la suma reclamada en el escrito inicial (1).

JOSE ARIAS PARRA v. ERNESTO DIZEO y Orra RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva.

Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.

La resolución recaída en un incidente de negligencia no constituye sentencia definitiva, en los términos del art. 14 de la ley 48. La ausencia de dicho requisito no se obvia por la alegación de agravios constitucionales (3).


ARTURO FILIPPI —svcrsión— v. MARIA MARTINA EZEYZA DE ARECO
RECUR0 EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.

La determinación del monto del juicio y la aplicación del arancel para abogados y procuradores son, como principio, materias ajenas al recurso federal (3).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La doctrina sobre arbitrariedad es de aplieación especialmente restringida respecto de las regulaciones de honorarios (+).


NACION ARGENTINA v. CYRIEL MOEYKENS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

La invocación de la ley nacional de expropiaciones no basta para el otorgamiento del recurso extraordinario euando lo disentido versa sobre un aspecto accesorio del pleito, como es el relativo a la procedencia del pago de intereses.

1) 13 de diciembre. Fallos: 203:340 .

2) 13 de diciembre, 3) 13 de diciembre, Fallos: 248:786 , 828.

°) Fallos: 249:539 ,

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Año: 1961, CSJN Fallos: 251:452 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-251/pagina-452

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