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Año: 1972, Fallos: 283:193 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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de producirse La sustanciación reclamado, habría variado necesariamente el dictamen que se cuestiona, pues no basta para admitir la pretendida violación constitucional la sola discrepancia del actor con el criterio de valoración de lus títulos y antecedentes de los concursantes efectuada por el Jurado en cumplimiento de su cometido Cdoctrina de Fallos: 244:380 ).

7 Que, por otra parte, en este orden de ideas, no resulta ocioso recordar que, según reiterada jurisprudencia de la Corte, las resoluciones que dictan Las universidades en el orden interno, disciplinario, administrativo y docente que les es propio, no son, como principio, susceptibles de revisión judicial CFallos:

240:440 ; 246:269 ; 252:241 ; 273:104 , considerandos 5 y 7, entre muchos antros".

8 Que la conclusión a que se arriba —v que conduce, como es obvio, a la revocación de la sentencia del 3 quo—, exime a la Corte de entrar en el análisis de los agravios formulados por el Dr, Ruda en el escrito de Es, 115/128, todos ellos fundados, básicamente, en el hecho de que, al no habérsele dado imervención en el proceso, se habría infligido una lesión a su derecho de defensa, privándole, además, de su "propiedad", en sentido lato, ya que en el sub judice" se anula su título de profesor titular, sin restituirle, incluso, el de asaciado, que gozaba antes de su designación.

Por ello, y lo dictaminado por el Señor Procurador Fiscal, se revoca la sentencia apelida de Es, 102/105 y se declara firme La resolución CES.) NV 184, del señor Rector de la Universidad de Buenos Aires.

Rownro E. Ciure — Mancó Aurtiio Risoría — Luis Cantos Cantar — Mancanrra Ancañas.


NORBERTO LUIS MORALES
MINISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia penal. Plaralidad de delitos, Corresponde a la Cámara Federal en lo Penal de la Nación, y mo a la justicia provincial, concer de la causa que se instruye por el delito de encubrimiento, cometid: en concurso hdeal con el de tenencia de armas de guerra que investiga dicha Cómara, Dictamen Der. Procunanon CENTRAL Suprema Corte:

Dado que el momento de la comisión del delito de encubrimiento impatado a Norberto Luis Morales coincide con el instante en que aparecen reunidos los elementos de la tenencia ilegítima de armas de guerra, media entre

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Año: 1972, CSJN Fallos: 283:193 
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