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Año: 1976, Fallos: 294:220 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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pedirse el cumplimiento del mismo, no reviste el carácter de sentencia definí tiva en los términos del art. 14 de la ley 48 (°).


ADELAIDA MIOLATO ur: KREBS v. WALTER KREBS
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantias. Derecho de propiedad.

La seguridad jurídica, que es imperiosa exigencia del régimen de la propiedad privada, se resentiría gravemente si fuera admisible y lograra tutela ¡udicial la conducta de quien primero acata una norma y luego la desconoce, pretendiendo cancelar los efectos de aquel acatamiento y los que de ellos derivaron, ocasionando así grave trastomo a las relaciones patrimoniales.

CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucionalidad. Interés para impugnar la constitucionalidad.

El voluntario sometimiento de los interesados a un régimen jurídico, sin re«rva expresa, obsta a su ulterior impugnación con hase constitucional.

DicramEn DEL Procunavon FISCAL Di La Conte SUPREMA Suprema Corte:

19) Lo decidido por el a quo acerca de que el tercerista, ahora apelante ante V. E. por vía del recurso de fs. 225, hizo renuncia al derecho de demandar la inconstitucionalidad del art. 3? del decreto-ley 11.643/63 de la provincia de Buenos Aires con su positiva actitud de adhesión al sistema de dicho ordenamiento, al solicitar y obtener, aunque tardíamente, la inscripción del inmueble de autos en el respectivo registro, se ajusta a reiterada y antigua jurisprudencia de la Corte (Fallos: 255:216 , consid. 3", y sus citas; 270:26 : 275:235 ).

En consecuencia, y toda vez que aquél no plantes cuestión sustancial enderezada a la modificación de esa doctrina, pienso que su recurso es improcedente y así corresponde declararlo.

o Y de marzo, Fallos: 250:124 ; 251:75 ; 259:185 .- Causa: "Francile, Clara e/Parchíni, Bonifacio", sentencia del 15-7-1975.

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Año: 1976, CSJN Fallos: 294:220 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-294/pagina-220

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