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Año: 1980, Fallos: 302:468 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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es FALLOS DE LA CONTE SUPRESTA
M. L. ZANELLI y. RH, M, ABRAMZON
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso, Valoración de circunstancias de hecho Y prueba.

Sí bien lo atinente 4 la selección y valoración de las pruebas es, como reula, facultad propia de los magistrados ordinarios de la causa y ajena a la vía federal, las particularidades del caso hacen que deba ser excluido de a dicho principio, si los dos peritajes obrantes en autos son terminantes en el sentido de atribur el origen de las filtraciones a defectos existentes en el departamento del demandado y el a quo descalifica la opinión de uno de ellos por fundarse mada más que "en su experiencia profesional que no consta en autos..." dado que la certeza "sólo se obtendría mediante una suerte de investigación que no se ha efectuado..." y el otro por estimar «ue sus conclusiones sólo tienen el "carácter de conjeturas" no sustentadas en principsos físicos o elementos básicos del arte de la construcción ('), RECURSO EXTRAORDINARIO: Hequísitos propios, Cuestiones no federales, Sentencias arburarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Tratamlbose del dictamen de profesionales universitarios y de la necesidad «de demostrar, como señala el a quo, exclusivamente la existencia de los daños y la relación causal, estando comprobados los primeros, para tener por no acreditada dicha relación debió aquél, al menos, expresar cuál otra pudo sr la fuente de los daños 0 en qué se aparta en el aspecto aquel consi derado el informe pericial de les "principios físicos o elementos hásicos del año de la construcción"; en virtud de ello, exíste cuestión federal bastante para declarar procedente el recurso estraordinario deducido y, por aplicación de la doctrina de La arbitrariedad, dejar sin efecto el pronunciamiento en cuanto omitió el tratamiento correcto de prueba cuya valoración es decisva para Li solución del litigio (2).


A. SAN MARTIN y. S.A CHRYSLER ARG. LC.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad.

Los agravios de la apelante vinculados con la declaración de la inconstituconalidad de la ley 21,100, por resultar violatoria de los derechos de igual 5) 20 de mayo.

2) Fallos: 276:162 ; 284:115 ; 295:495 ,

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:468 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-468

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