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Año: 1985, Fallos: 307:2259 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 2259 el juicio, en tanto que lo referente a la exigencia de ser parte sustancial significa que debe tener en el litigio un interés directo que surja manifiestamente de la realidad jurídica, más allá de las expresiones formales usadas por las partes.

La doctrina que fija la competencia originaria de este Tribunal cuando una provincia es parte nominal y sustancial en el pleito, se ha formulado a veces explicitamente (Fallos: 299:89 ; 301:702 ; sentencia recaída en la causa "Etam S.A.IC. e/Córdoba, Provincia de y/o quien resulte propietario s/consignación", E. 72. XVIII, de fecha 13 de noviembre de 1980) y otras de modo implícito (ver el precitado dictamen del Procurador General en la causa "C.I.F.E.N. c/La Avícola de Gualeguaychú S. A. s/cobro de pesos"), pero, siempre, su cabal sentido fue el de exigir la concurrencia de ambos recaudos (nominalidad y sustoncialidad). Incluso se advierte que el segundo de los requisitos aparece como tal a partir del dato —necesario, pero no suficiente— de que la provincia figure como parte nominal en el expediente (Fallos:

176:164 ; 250:205 ; 290:436 : 297:396 ).

7) Que si bien es cierto que las categorías parte nominal y parte «ustancial han sido recibidas de la jurisprudencia norteamericana, en ésta su utilización tiene lugar en un contexto normativo distinto que —a

Si bien la formulación alternativa a la que se alude en el párrafo anterior aparece ya en el caso "Fowler v. Lindsey" (U.S. "Supreme Court Reports, Lawyers" edition, T. 1, año 1901, pág. 91, que resume el caso publicado en 3 Dall. 411-415, año 1799; ver también "Deci

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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:2259 
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