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Año: 1986, Fallos: 308:640 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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LUIS ZARABOZO RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no tederales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba. ' Si bien las cuestiones que se suscitan en torno a los hechos y las pruebas aportadas al juicio —en el caso, prueba por presunciones de estafa procesal— son ajenas, como regla, a la vía del art. 14 de la ley 48, ello no es óbice para que la Corte pueda conocer en los casos cuyas parti cularidades hacen excepción al principio, con base en la doctrina de Ja arbitrariedad, toda vez que con ésta se tiende a resguardar la garantía de la defensa en juicio y el debido proceso, exigiendo que las sentencias de los jueces sean fundadas y constituyan una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Es arbitraria la sentencia, en cuanto desarrolla una argumentación sólo aparente para desechar los numerosos indicios tenidos en cuenta por el juez de primera instancia e invocados por el apelante para probar por presunciones la tentativa de estafa procesal imputada "al procesado.

Ello es así, pues la sentencia apelada privilegió los dichos del apelante L en cuanto concordaban con los de dos imputados cuya veracidad estaba , cuestionada en el juicio; no dio razón alguna para desechar la interpretación contraria del juez de grado que aludió expresamente a las diferencias que observó en las declaraciones de estos mismos imputados en el juicio comercial; calificó como favorables los dichos del sobrino del procesado, y al mismo tiempo los consideró irrelevantes porque no llegaban a atribuirle la autoría al imputado; y además descartó los indicios valorados por el juez de primera instancia sin proponer, según las reglas de la sana crítica, una interpretación distinta de la del juez de grado.

RECURSO EX7RAORDINARIO: Requisitos -propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Es arbitraria la sentencia que, para absolver al acusado, seleccionó únicamente las pruebas. que permitieran su liberación, sin confrontarlas . (1) 24 de abril. Fallos: 261:209 ; 274:135 ; 284:119 ; 297:100 .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:640 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-640

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