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Año: 1986, Fallos: 308:982 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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YABOTI S.R.L. v. LAUTARO DURAÑONA y VEDIA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en lá fundamentación normativa.

Es descalificable la decisión que se limita a imponer las costas devengadas por la tasación pericial con fundamento en la preclusión nacida por el originario acogimiento del recurrente al trámite previsto por el artículo 9? del decretoley 30.439/44, omitiendo, sin em- , , bargo, toda consideración desde la perspectiva del artículo 63 de la ley . 21.839 —cuestión oportunamente introducida en la litis según lo expuesto— que dispone que dicha ley se aplicará a todos los asuntos o procesos, en los que como en el caso de autos, no hubiere recaído resolución firme regulatoria al momento de su publicación (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento. .

El pronunciamiento de la Corte se encuentra limitado a los agravios que fueron deducidos en el recurso extraordinario y reiterados en la presentación directa (2). JUAN BAUTISTA DAVID SPINETTO v. JUAN CARLOS SALVI Y Orra DEPRECIACION MONETARIA: Indices oficiales. Si bien los cálculos para recomponer el valor de la moneda pueden efectuarse sin su:eción estricta a los índices oficiales, corresponde dejar sin efectó la sentencia cuya corrección de valores no consulta tales índices ni. expone motivos suficientes que en el caso justifique . un apartamiento notorio de la realidad económica que ellos traducen, máxime si la incidencia de la depreciación monetaria supera ampliamente la suma establecida por el 'a quo (3). . (1) 19 de junio. Fallos: 302:1458 . . 2) Fallos: 297:133 ; 298:354 , 612. .

3) 24 de junio. Fallos: 299:97 , 125; 300:197 ; 301:747 ; Causa: "Pita, Juan Carlos c/O.C.A. S.R.L.", del 20 de marzo de 1986.

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:982 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-982

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