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Año: 1988, Fallos: 311:927 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MUNICIPALIDAD vr 14 CIUDAD DE BUENOS AIRES v. PASCUAL PINI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.

Cuando la remisión a las normas del respectivo arancel que efectúa la resolución impugnada no resulta fundamento suficiente porque la regulación efectuada no guarda la debida relación con esos preceptos y los valores económicos del juicio que deben computarse, debe dejarse de lado la regla de que lo concerniente a los honorarios regulados en las instancias ordinarias no da lugar al recurso del art.

14 de la ley 48 (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.

Corresponde dejar sin efecto el fallo que no satisface sino en forma aparente la necesidad de ser derivación razonada del derecho vigente con adecuada referencia a los hechos de la causa, pues pese a la cita de las normas del arancel y la afirmación de que ha computado la depreciación monetaria de conformidad con el art. 22 de la ley 21.839, fijó una retribución que traduce un apartamiento de la solución legal (art. 40, segunda parte) a la luz de la base económica computable a esc fin emergente del monto del capital reclamado, reajustado de conformidad con las previsiones contenidas en la ley 21.281. °
MEVOPALS. A. y OTRA v. BANCO HIPOTECARIO NACIONAL

RECURSO DE REPOSICION.
Corresponde dejar sin efecto la decisión que declaró improcedente el recurso ordinario, considerando tardíamente presentado el memorial, si resulta exacto lo manifestado en el sentido de que el día 10 de abril fue declarado feriado nacional, de modo que dicho memorial fue interpuesto en término (2).

RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Juicios en que la Nación es parte.

Debe desestimarse el recurso ordinario de apelación, si el monto del agravio no supera, para cada apelación, el mínimo establecido.

1)2 dejunio. Fallos: 295:219 ; 302:688 . Causa: "Rodríguez de Rabe, Delia Mabel e/ Consorte Sotelo, Carlos Alberto", del 25 de junio de 1985.

(2)2 de junio. Fallos: 295:753 .

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:927 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-927

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