. : DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - 51 ,
RECURSO DE QUEJA. .. .
En los recursos dé queja, conforme con lo dispuesto por los arts. 230 de la - 7 ley 50 y 8? de la ley 4055, no es obligatoria la intervención del Procurador General para que dictamine acerca de su procedencia.
NILSA MABEL BILBAO v. JORGE RICARDO SIVORI - .
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos. propios. Sentencia definitiva. —.
Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
1 La resolución mediante la cual no se hace efectivo el apercibimiento dispues- ' to por el art. 6? de la'ley 14.237, no reviste él carácter de sentencia definitiva en dos términos del art. 14 de la ley 48 (1). . DINA M. LINARES »e CESAR y Ornas v. SAINT MICHAEL'S SCHOOL CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad: .
La diversa interpretación de una ley de carácter procesal, aún efectuada por un mismo tribunal en decisiones sucesivas, no compromete el principio cons- - ° titucional de la igualdad (?). .
- . -— ARTURO GENESONI . RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no, federales.
Interpretación de normas y actos locales en general. - .
Es una cuestión de derecho procesal local, ajena a la instancia extraordinaria, la referente al término dentro del cual debió pronunciarse la Suprema Corte de Mendoza y si ésta cesó en su jurisdicción para fallar por haberlo hecho fuera del plazo que, a juicio del recurrente, tenía para dictar: sen — tencia (3). .. 1) 16 de febrero." o E. 2) 16 de febrero, Fallos: 236:626 ; 244:572 , — ° (8) 16 de febrero. Fallos: 243:251 ; 244:294 ; 247:56 ;- 248:240 ,
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Año: 1962, CSJN Fallos: 252:51
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