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Año: 1976, Fallos: 296:76 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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7 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA CARMELO PALLITTO y OTROs (SUCESION ve JACOBO POPOVSKY y OTROs) RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitica. Nesoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.

Las decisiones que se recurren por la vía del art. 14 de la ley 48 deben, como principio, revestir el carácter de finales, calidad que no poseen las que están sometidas a un pronunciamiento ulterior que puede disipar el agravio que de ellas derive —en el caso, el rechazo de las excepciones de cosa juzgada y falta de legitimación manifiesta para obrar—. Sólo si la sentencia que pone fin al pleito no lo repara, asumen aquel carácter y pueden ser traídas a la instancia estraordinaria en el supuesto de darse los demás extremos que la hagan procedente (1),
CARLOS ABEL SARACHO v. HECTOR DANIEL PEREDO
RECURSO EXTRAORDINANIO: Requisitos propios. Cuestiones no feclerales. Exclusión «e las cuestiones de hecho. Varias, La sentencia que estableció que la tasa de intereses moratorios a cargo del deudor moroso como indemnización no debe restringire a la que cobra el hunco oficial en las operaciones ordinarias de descuento, sino que ha de resarcir lo que el acreedor habría tenido que invertir para obtener igual suma en el mercado real de la oferta y la demanda, resuelve cuestiones propias de los jueces de la causa y ajenas a la instancia etraordinaría.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de octubre de 1976.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Saracho, Carlos Abel e/Peredo, Héctor Daniel", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el pronunciamiento en recurso dictado por la Cámara de Apelaciones en lo Comercial (fs. 3/5) determinó la tasa de intereses moratorios, 1) 7 de octulve. Fallos: 191:376 ; 196.261; 215:204 ; 254:12 y 282; 250:05 ; 267184.

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Año: 1976, CSJN Fallos: 296:76 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-296/pagina-76

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