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Año: 1985, Fallos: 307:671 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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HORACIO RAUL SANCHEZ y Otra v. ENRIQUE VICTOR FEIMENOSI y OTROS RECURSO DE QUEJA: Depósito previo.

La exigencia de depósitos previos como requisito para la viabilidad de recursos no contraría garantías constitucionales (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Generalidades.

Si el recurrente no se hace cargo ni adelanta argumentos que puedan inducir a modificar la jurisprudencia que establece que la exigencia de depósitos previos como requisito para la viabilidad de recursos no contraría garantías constitucionales. el planico importa una cuestión federal insustancial (3).


JOSE ALBERTO FERNANDEZ
SUPERINTENDENCIA.
Corresponde hacer lugar a la avocación solicitada por el actual Oficial Superior de 1° fundada en que antes del reescalafonamiento dispuesto por Acordada 42/82, realizaba igual taren y tenía la misma jerarquía, remuneración y beneficio jubilatorio que los Jefes de Despacho de ?° del Juzgado Federal de Bahía Blanca, Defensoría y Fiscalía, igualdad que desapareció luego, toda vez que los demás funcionarios fueron promovidos a Prosecretarios Administrativos con diferente jerarquía, remuneración y beneficio jubilatorio. Ello es así, pues siendo idénticas las funtiones que cumple el Jefe de Despacho de 2° de la Cámara, el del Juzgado, el de la Defensoría y el de la Fiscalía, corresponde, por razones de equidad, ordenar el reescalafonamiento del recurrente como Prosecretario Administrativo (3).


ALFREDO ANTONIO GIORGI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Resolución contraria.

Procede el recurso extraordinario cuando media denegatoria del fuero federal.

1) 14 de mayo. Fallos: 267:119 . 427:26 %:377, 433; 270:259 ; 296:511 .

2) Fallos: 277:23 : 303:907 .

3) 14 de mayo.

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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:671 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-307/pagina-671

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