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Año: 1988, Fallos: 311:2057 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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en el considerando ?° a la luz de la doctrina recordada en el considerando 3" de la presente.

Aucusrto CÉsar BELLUSCIO — Carlos S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO BACQUÉ.


GUSTAVO HERNAN SANCHEZ DECQUER.
JURISDICCON Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.

Si el jefe del grupo de Gendarmería Nacional afectado a las tareas migratorias en un paso de frontera habría robado un rodado que ingresara en ese lugar y ultimado a las personas que se encontraban en el vehículo, la causa debe quedar en sede federal, toda vez que de las constancias de autos no es dable inferir, con el grado de certeza necesario que cl comportamiento atribuido al procesado no guarde relación alguna con su actividad (1). .


JOSE MARIA CRESPIN
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones penales. Pluralidad de delitos.

— Lasustracción dela pieza postal constituye un hecho distinto del uso ilícito que posteriormente se realice de su contenido (2).

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito. .

Tratándose de una maniobra defraudatoria consumada mediante el uso de un cheque adulterado, cuando el ardid propio del delito se comete en un lugar y la disposición patrimonial constitutiva del perjuicio se verifica en otro, ambos han de ser tenidos en cuenta a los fines de determinar la jurisdicción que debe intervenir, lo que se resolvería conforme a razones de economía procesal. Así,en — el caso resulta aconsejable mantener la competencia del Juzgado de Santiago del Estero, toda vez que ha sido el tribunal preventor, con jurisdicción en el lugar del domicilio del denunciante y en el que se encuentra radicada la cuenta afectada, lo que le permitiría recabar, al menos en principio, una mayor información (3).

1) -4 de octubre.

2) 4 de octubre. Causas: "Noto, Eugenio Antonio" y "Crisella, Miguel Angel", del 9 y 18 de agosto de 1988.

3) Fallos: 271:396 ; 275:361 ; 277:468 ; 286:160 .

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2057 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-2057

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