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Año: 1993, Fallos: 316:824 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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39) Que, más allá de que esta Corte Suprema comparte los fundamentos del dictamen del señor Procurador General, en cuanto serefiere a que las declaraciones del apoderado del querellante y del gerente de ° la Sucursal Tucumán del Banco del Interior y Buenos Aires S.A.

indicarían que los hechos habrían acontecido en esa provincia, con la consiguiente solución del conflicto en favor del magistrado de aquella jurisdicción, la ponderación de los restantes elementos incorporados al .. proceso convence de que otra debe ser la decisión a adoptar.

En efecto, del escrito de fs. 75/81 y de la prueba documental acompañada surge que la modalidad operativa denunciada se habría verificado en las numerosas sucursales que el B.LB.A. S.A. tenía en todo el país, como resultado de las instrucciones impartidas por el directorio de la institución con sede en la ciudad de Buenos Aires.

Además de ello, resulta de significativa importancia la declaración de Daniel Gustavo López Viñales de fs. 266 en la que expresa, en su condición de gerente de la Sucursal Tucumán de esa entidad, que la decisión de captar fondos provino de la Casa Central, a la cual se le transferían aquellos junto con los datos del cliente. Específicamente señaló que el directorio del banco dio las órdenes en tal sentido. De sus dichos se infiere también que la Casa Central era la responsable de emitir los certificados correspondientes a esos depósitos.

En igual forma se expresaron los imputados a fs. 179/184, 189/193, 197/198 y 199/200. - .

4) Que de lo expuesto se deduce que las maniobras a investigar han tenido desarrollo en distintas jurisdicciones territoriales, hipótesis en la cualla elección del juez competente debe hacerse de acuerdo a lo que resulte más conveniente desde el punto de vista de una más eficaz investigación, mayor economía procesal y mejor defensa de los procesados (Fallos: 271:396 ; 275:361 ; 303:934 ; 306:842 y 310:1153 ).

5) Que, sentado ello, resta determinar cuál es la jurisdicción que satisface en el caso, en mayor medida, las exigencias planteadas. Al respecto debe tenerse en cuenta que en esta Capital Federal, donde se halla la administración central del Banco del Interior y Buenos Aires S.A., está toda la documentación vinculada con los hechos que se investigan, y se domicilian sus directores.

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:824 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-316/pagina-824

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