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Año: 1963, Fallos: 256:112 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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112 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Y constitucional de la Jey 15,720, Ello es así porque, mediando ley que esta blezen el fuero federal, su validez constitucional requiere que se haya afirmado y probado la improcedencia de la intervención de los jueces nacionales, tanto por razón de la materia como por razón de las personas, para el enso conereto a decidir (1), fe ORESTE ANGEL CAPPELLANO yv. ALFREDO ABEL LUSARDI 3 RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite, Existiendo reenrsos pendientes en el orden local, respecto del fallo apelado, E corresponde diferir el conocimiento de la Corte Suprema, por la vía del L recurso extraordinario, hasta tanto se azote la jurisdicción provincial (3).

a BRUNO PATRIOLE yv. WALTHER PAGANELLI 4 RECURSO ENTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, E Interpretación de normes locales de procedimientos. Cosa juzgada lo ativente alos efectos de la sentencia que condena a escriturar lego del E fallecimiento del demandado y del coneurso de su snecsión, son enestiones de orden común y procesal ajenas, como principio, a la jnrisdieción que acuerda el art, 14 de la ley 45, Ello es así porque la existencia de cosa juzgada no es, como principio, enestión de orden constitucional y In excepción que la jurisprudencio admite para

Corresponde declarar improcedente la deducción de una sola y única queja e respecto de recursos extraordinarios denegados en dos expedientes, pese a la a vinenlación existente entre ellos.

e Y A. 1 E de junio, Fallos: 252:328 , 2:26 de junio. Fallos: 241:36 ; 247:285 ; enusa Rattagan, T, M,"', sentencia A del 12 de junio pedo, en_púg. 37.

2) 26 de junio, Fallos: 253:186 ,

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Año: 1963, CSJN Fallos: 256:112 
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