Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1965, Fallos: 261:404 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

sidente de la Comisión Paritaria Bancaria en el expediente n° 380,012/63. Esta decisión, a su vez, consistió en declarar que determinadas asignaciones otorgadas por la recurrente a su per- — sonal integran la remuneración, son legalmente exigibles y no quedan absorbidas por las convenciones colectivas números 57/62 y 89/03. , Que es reiterada la jurisprudencia de esta Corte en el sentido de que el recurso e: traordinario sólo procede respecto de Jas sentencias de los tribunales de justicia y que la excepción reconocida respecto de resoluciones. de funcionarios u organismos administrativos se refiere sólo a los supuestos en que aquéllos desempeñen funciones de naturaleza judicial, detraídas por ley, con carácter final, a los magistrados ordinarios —Fallos:

257:31 , 37, 139, 266 y otros—; y que no revisten este último carácter las resoluciones que no contienen condenación sino que declaran obligaciones de índole Inboral, asumiendo así el tipo de las llamadas normativas —Fallos: 238:36 , 380; 244:390 ; 257:44 y otros—.

Que la solución a que se llega en el caso no obsta a que la recurrente haga valer los derechos y defensas de que se entienda asistida en los juicios a que puedan dar lugar las reclamaciones de los beneficiarios de la resolución administrativa; ni la posibilidad de que sea compelida mediante sanciones a aplicarse por su falta de acatamiento autoriza la intervención actual de esta Corte en el enso —doctrina de Fallos: 250:585 , cons. 6"; 255:379 ; 256:486 y otros—.

Por ello, se desestima la precedente queja.

AnistóBvLO D. Aríoz DE LAMADRID — Ricarvo CoLomBres — Estenax Imaz — Cantos Juas Zavala RopRÍGUEZ — AMíLcaR A, MencaDer.


JUAN CARLOS MAFFEI
SUPERINTENDENCIA,
Si hien la potestad disciplinaria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correecional, respecto de los cuerpos técnicos periciales sobre los que ejerce superintendencia inmediata, incluye la medida de suspensión hasta treinta días, prorede avocar las actuaciones por la Corte Suprema, si asf lo ha solicitado aquel tribunal —que se limitó a aplicar una multa entendiendo ser la sanción máxima a su aleance—, y si las cireunstancias del sumario aconsejan una suspensión. E

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

6

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1965, CSJN Fallos: 261:404 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-261/pagina-404

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 261 en el número: 404 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com