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Año: 1965, Fallos: 262:452 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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19) Que el tribunal a quo, en el fallo recurrido, expresa que, sin abrir juicio general sobre si asiste o no el derecho de huelga alos agentes de la administración, teniendo en cuenta las carecterísticas esenciales de los servicios públicos que exigen la continuidad de su prestación, conclye que "no puede hablarse con carácter general y dehe entenderse en cada caso la naturaleza e importancia del servicio afectado", ° Dentro de ese ámbito restringido no se considera manifiestomente arbitraria la actitud ue la Seerotaría de Comunicaciones al no tener por justificadas las inasistencias del personal plegado al movimiento de huelga erigen de su cesantía", 2) Que, en esos términos, resulta que el tribmal se limita, obviamente, a la calificación de legalidad de la huelga, en base 2 la jurisorudencia de la Corte (Fallos: 251:472 ; 254:51 , 56, 65; 255:20 ), sin entrar a resolver la evestión de si el art. 14 nuevo de la Constitución Nacional, al reconocer el derecho de huelga, lo otorga o lo niega a los empleados públicos o al personal de los servicios públicos, Que ante ese restringido pronunciamiento de la Cámara Federal, no corresponde que por vía del art. 14 de la ley 48, la Corte entre a la dilucidación de ese problema de orden constitucional que viene a resultar así una cuestión abstracta.

2) Que esta Corte tiene resuelto que el art. 14 de la ley de jurisdicción y competencia de 1863 ha sido tomada de la sección 25 «e la ley americana (Judiciary Act) y la jurisprudencia constante de la Suprema Corte de aquel país ha establecido, como lo hace constar Coorey en sus Limitaciones Constitucionales, que "cuando la decisión de una Corte puede apoyarse en fundamentos que po envuelven una cuestión federal, la Suprema Corte no revisará el caso aun cuando se hubiera promovido también ante aquélla «Jeuna cuestión federal" (7 ed., pág. 28, nota a); Fallos: 128:517 , consid, 109), Los tribunales de la Capital no tienen jurisdieción para decidir cuestiones abstractas de derecho (Fallos: 24:248 ; 184:358 ).

4) Que, en el caso, ni la Secretrría de Comunicaciones negó eb general, en su resolución, el derecho de huelga a sus empleados, ni la Cámara Federal, según se ha visto, para rechazar el recurso, se funda en tal negativa. Lo único que se discute, en consecuencia, en esta entisa, es la leralicad de la condueta de los empleados de correos, declarados en huelga, y en tales condiciones, sin examinar la cuestión abstracta del derecho de huelga de los

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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:452 
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