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Año: 1971, Fallos: 281:38 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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8.B.L. »e FABRIZITS Y D'ORSE v. ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS BECUESO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Sintiacia definitiva, Resoluciones anteriores a la acntencia definitiva, Varas, La entencia de la Mals en lo Contenciosmdministrativo de la Cómars Naeio mal de Apelaciones en lo Federal que revocó lo resuelta por el Tribunal Fiscal y ilíspueo la devolución de Ins actuaciones a fin de que este último »e promunciara sobre el fondo del asunto, no contituye sentencia definitiva en los términos del net. 14 de da ley 48, toda ver que no pueo fin nl pleito mí impide su contimaarión ('), 8.4. MIVER PLATE DAUEY CO, Y, E.N.T.A.

EECUESO EXTRAORDINARIOS - Requisitos - fuemal<,- dute eposeión eel vevuran, Funda nto, Nor haeta para la precedencia del rentes estraontimario la mera nscrerón ge metia de una solución determinada, vuatdo el mpolante me =e luce carge de Jue mann tenidas en ementa pur los jueves de la rien para descatiganr sis pre tensivnes, pues los mgravio= de orden Federal aleben ser eagueetos ee imamera elura y rezonda con referencia a las cireumsintcias enpervina e la emo y a here termines «del Fallo que la restció 125,
AUAN MANUEL SANCHEZ
CONSTITUCION NACIONAL: Deirehos y euuatia, Pefemmr e Juicio, Preeeaí miento y mb meta.

La multiplicidad de as instaneias judicinte= mo ws requisito constitucional, CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y sarumtias, IN fina e juicio, Principios gravas.

La ¿ummntia constitucional de In defensa en juicio sólo exige que el Tirigante men vide y su inviolabilidad mo deperdo del número de instancias que las leyes procesales establezan, El hecho de que, atento 4 lo dispuesto en el art. 406, ne, E, bel Código de Procelimientos de la Provimeia de Córdela, la Cámara haya rechazado el recurso de ensación interpuesto, 10 afecta la Libre defensa en juicio si el apdante ha podido hacer valer sus defensas en algunas de las etapas del procedimiento, 11) 4 de ectubre. Fallos: 297:147 ; 259:65 : 206:47 ; 204.301.

12) 4 de octubre. Fallos: 254:436 : 263:568 ; 267:338 .

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Año: 1971, CSJN Fallos: 281:38 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-281/pagina-38

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