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Año: 1974, Fallos: 288:97 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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caso sentencia definitiva en los términos exigidos por el art 14 de la ley 48 (Fallos: 257:187 ; 269:301 ).

Que, por último, lo decidido no importa una denegatoria del fuero federal en los términos de la jurisprudencia de la Corte que autorice la apertura del recurso extraordinario (Fallos: 259:175 ; 261:204 , 310; 266:248 , 249:265 :198).

Por ello, se desestima la queja.

Micuer. AnceL Bancarrz — Acustin Díaz BIaLer — Enxesto A. ConvarÁn NANCLARES — Hécron Masnarra.


JULIO GOLDIN y/o OLIMPO oe JULIO GOLDIN
y. JACOBO FUKS y/o S.C. A. LILY RECURSO EXTRAORDINARIO: Requísitos propios. Sentencia definitica. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias, El promnciomiento que declaró mula la sentencia de primera instancia y dispuso que los autos pasaran al juez que sigue en orden de tumo para dictar el fallo que corresponda, no es sentencia definitiva en los términos eúgidos por el art. 14 de la ley 48 (°).


CARLOS FRANCISCO GROSSO v. VICTOR Y. NUNNARI y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva, Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.

La resolución de la Cámara que declara que la apelación interpuesta tiene efecto diferido y resuelve, en consecuencia, devolver las actuaciones al juzga:

do de orígen hasta su oportunidad, no constituye sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la ley 48 toda vez que no pone fin al pleito, no impide su prosecución ni causa un gravamen de insusceptible reparación ul') 19 de febrero. Fallos: 257:187 ; 274:492

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Año: 1974, CSJN Fallos: 288:97 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-288/pagina-97

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