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Año: 1980, Fallos: 302:998 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales, Administrativas.

No es inconstitucional el procedimiento mstituido por el art. 19 de La ley 17.091 para que La Administración recupere sin debate judicial los bienes a que se refieren los permisos de uso concedidos a particulares (1).


ROSA DEOLINDA CIAN y. SA, COMPAÑIA GENERAL
FABRIL FINANCIERA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requísitos propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que consideró no acreditada la causal que invocara la empleadora para proceder al distracto, afrmando que ella "no probó que la actora tuviera antecedentes disciplinarios, que trabufara a desgano, que redujera su producción habitual..." pero prescimdio —sin expresar razones que lo justifíquen— del peritaje agregado, cuyo contenido puede resultar conducente para la decisión de la causa (2).


SA. ADURIZ ILC.LE. v. NACION ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Resolución contraria, El pronunciamiento que declara inconstitucional una norma local como contraria 4 uma ley nacional, no da lugar a recurso evraordinario por faltar la resolución contraria que requiere el art. 14 de la ley 48 (3).

1) Fallos: 271:220 ; 277:245 y 504:283 :231; 301:1028 .

2) 16 de setiembre, Fallos: 295:256 ; 297:100 .

0) 16 de setiembre. Fallos: 271:140 , 280:142 ; 301:478 ,

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:998 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-998

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