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Año: 1966, Fallos: 266:235 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ADELA CAZZANIGA E CACIA y. 8. A. REODIASETA ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

Decide cuestiones de hecho y prueba y de derecho común la sentencia que declara procedente la neción por estimar que las horas trabajadas después de las trece del sábado deben nhonars: con el recargo previsto por la ley 11.544 (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comnnes, Lo atinente a la aplicación e interpretación de los convenios laborales no constituye cuestión federal que sustente el recurso extraordinario (3).


NELLO JUAN ANTONIO CECCON yv. ASOCIACION CLUB pri, PROGRESO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales.

Juterpretación de normas y actos locales en general.

Lo atinente a la interpretación de normas locales y de los hechos de la enusa, son cuestiones irrevisables en la instancia extraordinarin (3).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones uo federales.

Sentencias arbitrarias. Principios gruerales.

La sentencia suficientemente fundada, ena'guiera sen su acierto o error, es imusceptible de la tacha de arbitrariedad 1).


NACION ARGENTINA y. COOPERATIVA OBRERA GRAFICA
TALLERES ARGENTINOS —COGTAL— RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Sentencia definitiva, Concepto.

A los efectos del recurso ordinario de apelación en tercera instancia, se requiere que se trate de sentencias que poren fin al pleito o impiden su continuación, privando al interesado de los medios legales para la tutela de su derecho, 1) 30 de noviembre, Fallos: 257:184 : 261:216 ; 203:493 . í 2) Fallos: 257:184 ; 258:234 ; 259:153 3) 30 de noviembre, Fallos: 250:13 , 224.

4) Fallos: 256:241 : 257:20 ; 261:209 .

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Año: 1966, CSJN Fallos: 266:235 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-266/pagina-235

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