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Año: 1980, Fallos: 302:418 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINANIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

Lo relativo a La existencia 0 no de cosa juzgada y a la preclusión de etapas procesales remite al análisis de temas ajenos al recurso extraordinario (°)
CARLOS ZSCHIESCHICK v. PROVINCIA e LA RIOJA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.

Fundamento.

Para la apelación por vía del recurso extraordinario no basta sostener un criterio interpretativo distinto del seguido en la sentencia, sino que es preciso una crítica razonada y concreta de todos y cada uno de los argumentos expuestos en La misma (7).

RECURSO EXTRAORDINANO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Senfencias usbitrarias. Principios generales.

La procedencia de la tacha de arbitrariedad es particularmente restringida respecto de pronunciamientos de superiores tribunales de província cuando deciden sobre recursos estraordinarios de orden local (>),
CATALINA BOJNAKOVA 05 ZATKO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Si bien los agravios de la apelante remiten a cuestiones de hecho y prueba, ajenos a la instancia extraordinaria, corresponde hacer una excepción a tal 0) Fallos: 256:340 271:272 : 274:370 : 295:253 : 206:281 .

7) 13 de mayo, Fallos: 270:176 ; 278:121 : 283:404 : 285:308 : 296:608 ) Causas "Orozco de Avila. Irma $/cesación", del 28 de noviembre de 1978: "Kniaz, Eduardo c/Ropería Mickey S.A", del 14 de agosto de 1979, "Aranega, uan de Díos c'Tres Chañares S.A. y otros", del 19 de febrero de 1980.

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:418 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-418

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