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Año: 1975, Fallos: 293:226 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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BANCO ARGENTINO ví COMERCIO v. DIRECCION GENERAL ve RENTAS
De RIO NEGRO y Ommos RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestimes no federales. Interpretación de normas y actos locales en general.

Lo ativente a la interpretación y aplicación de normas locales —como lo es la ley de sellos de Rio Negro— es matería ajena al recurso extraordinario (!).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrerías. Principios generales.

No procede el recurso extraordinario, con fundamento en la doctrina de la arbitrariedad, sí la sentencia apelada contiene Eundamentos jurídicos bustantos que obstan a su descalificación (+).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.

Lo atinente al cargo de las costas es, pue su naturaleza procesal, matería ajena al recurso estraordinrio (°).


RECURSO DE QUEJA.
Debe desestimarse, por falta de fundamentación, la queja en la cual el apelante omite hacerse cargo de los fundamentos del auto denegatorio del recurso extmordinario (°), CROSBY FINANCES Inc. v. ABEL WERTEIN y OTROs RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales, Sentencias urbitrarias. Principios generales.

La doctrina excepcional de la arbitrariedad no lleva a la sustitución del eríterio de las jueces de las instancias ordinarías por el de la Corte Suprema.

Tal doctrina no es invocable en tanto la sentencia contenga fundamentos jurídicos minimos que impidan su descalificación como acto judicial, inclro en el supuesto de error en la solución acordada (5).

0) 21 de octubre, Fallos: 250:224 , 402; 205:15 ; 266:100 , 235; 209:433 , °) Fallos: 282:302 ; 269:413 .

0) Cansa: "Orlowsky", sentencia del 9/10/75.

°) Causa: "Mercedes Benz Argentina S.A.", sentencia del 9/10/75 ) 21 de octubre. Fallos: 258:28 ; 261:223

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Año: 1975, CSJN Fallos: 293:226 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-293/pagina-226

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