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Año: 1965, Fallos: 262:510 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MANUELA NIEVA ve FERNANDEZ v. ADORACION RIDAO v£ RIDAO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Resolución sobre la oportunidad del planteamiento.

La resolución del superior tribunal de la causa en el sentido de no haberse introducido oportunamente la cuestión federal o la objeción de arbitrariedad en que se funda el recurso extraordinario es, como principio, irrevisible por la Corte (1).

ELSA F. MERLO y OTRO v. HORACIO M. OTERO RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas ertrañas al juicio. Disposiciones constitucionales. Art. 13.

La prescindencia de pruebas producidas en la enusn no justifica el otorgamiento del recurso extraordinario, fundado en la garantía de la defensa, cuando la sentencia encuentra apoyo en otros elementos de juicio que bastan para sustentarin (3).


MANUEL ROSALES v. MARIA IGLESIAS p£ ALVAREZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones posteriores a la sentencia definitiva.

Los pronunciamientos a que puede dar lugar el fallo final dictado en la causa son insusceptibles de recurso extraordinario, salvo el supuesto de excepción de que lo decidido sea ajeno a la senteneia que se ejecuta o importe apartamiento palmario de lo resuelto en ella (3).
S, KR. L, HOM Hresaxos v. INSTITUTO NACIONAL D£ VITIVINICULTURA

POLICIA DE VINOS,
La aplicación de las leyes de policía de vinos debe ajustarse a la interpretación coherente de sus preceptos y de los principios jurídicos que los inteeran, con prescindencia de las entegorías del derecho común, en cuanto no convengan a las del régimen especial.

ma 13 de setiembre. Fallos: 248:577 ; 258:92 ; 259:95 , 148, 289, 3) 13 de setiembre. Fallos: 249:354 ; 254:296 . s 13 de setiembre. Fallos: 256:340 ; 257:226 ; 258:308 ; 259:67 , 299,

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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:510 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-262/pagina-510

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