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Año: 1965, Fallos: 263:145 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MOISES ROSMARIN v. JORGE KR. TIRIART
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias, Principios generales, La prescindencia de la doctrina de un fallo anterior de la Corte, establecida en juicio distinto, no sustenta el recurso extraordinario, con hase en la tacha de arbitrariedad, si la sentencia apelada se halla suficientemente fundada (1),
RAMOS Hrrsaxos y. COOPERATIVA ARGENTINA DE SEGUROS
CENTAURO Lia, WECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propias, Cuestinves no federales.

interpresación de normas locales de procedimientos. Casos raros, Lo concerniente a la recusación o excusación de los jueves de la enusa no justifica, como principio, el otorgamiento del recurso extraordinario (3).


CARLOS LUIS VIVET LAVARE Y. CARLOS IL W. BRINE Y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisito propios, Cuestiones no federales.

Interpretación de rormas y actos comunes, El pronunciamiento que declara la compatibilidad del art. 523 del Código de Procedimientos de la Provincia de Santa Fe con el art. 55 de In ley 15.775, Mndado en la cireunstancia de que este último se limita a autorizar la apelabilidad de las sentencias de desalojo sin reglamentar los efectos del recurso, no decide cuestión federal cue justifique el otorgamiento del recurso extraordinario (3).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias, Principios generales, Lo atinente a la contradicción que mediaría entre lo decidido en la ecnusa y la jurisprudencia establecida por los restantes tribunales de la provincia, no constituye agravio atendible con fundamento en la tacha de arbitrariedad (°).

1) 27 de octubre, Fallos: 255:206 .

2) 27 de octubre, Fallos: 255:101 , 257:90 ; 259:266 .

3) 27 de octubre, Fallos: 246:198 ; 250:815 ; 254:336 .

4) Fallos: 258:12 ; 259:92 ,

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Año: 1965, CSJN Fallos: 263:145 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-263/pagina-145

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