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Año: 1983, Fallos: 305:141 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA v. VICENTE MANUEL ORUE S.A.

RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Sentencia definitita. Concepto.

Sólo es susceptible del recurso ordinario en tercera instancia la sentencia que pone fin a la controversia o impide su continuación, privando al interesado de los medios legales para la tute'a de su derecho, regla a la que no hace excepción la circunstancia de invocarse un gravamen irreparable (1).

RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores.

Es improcedente el recurso ordinario de apelación en tercera instancia deducido contra e! fallo que rechazó el pedido de levantamiento del embargo preventivo ordenado con arreglo a lo dispuesto por el art. 109 de la ley 11.683 (t.o. en 1978), por mo tratarse del pronunciamiento que onc'uye el litigio, habida cuenta que sólo tiende a asegurar el eventual crédito que pudiese resultar a favor del fisco.

MIGUEL ANGEL RIOS y OTROs RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal superior.

Si los agravios traídos en el recurso extraordinario y los que fundaron el recurso local son sustancialmente los mismos, y han merecido tratamiento por parte del Tribunal Superior de la Provincia, al conocer por vía de recurso, su sentencia es la del superior tribunal de la causa a los efectos del art; 14 de la ley 48 (3).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos locales de procedimientos. Costas y honorarios.

Los honorarios regulados en las instancias ordinarias constituyen materia ajena al recurso extraordinario, y la tacha de arbitrariedad resulta parti1) 19 de marzo. Fallos: 265:179 ; 266:238 ; 268:98 , 468; 275:296 , 404:300 :372.

2) 19 de marzo. Fallos: 296:156 ; 287:205 , 322; 289:422 ; 294:251 ; 300:152 , 610; 302:997 , 1126.

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:141 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-305/pagina-141

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