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Año: 1975, Fallos: 293:705 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SA.F. COMPAÑIA SWIFT pr LA PLATA v. INSTITUTO NACIONAL ps TECNOLOGIA AGROPECUARIA PAGO: Pago indebido. Protesta. Generalidades.

Es requísito imprescindible la protesta previa para repetir impuestos, en tan1o el pago no se haya realizado por error de hecho o de derecho excusable (1).


LUIS ESTEBAN CAUHEPE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

No procede el recurso extmordinario contra la sentencia que, luego de ofr a los representantes del concurso y darles oportunidad suficiente de prueba, decide hacer lugar a la escrituración de un Inmueble pedida por el comprador sin exigir demostración acerca del destino del bien, por entender inaplicable al caso lo dispuesto en el art. 150 del decreto-ley 19.551/72.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

En mi opinión, la sentencia recurrida versa sobre cuestiones de hecho y prueba y de derecho común y procesal, que han sido resueltas con base en razones de esa misma índole, las cuales —al margen de su acierto o error— dan a aquélla un sustento suficiente como para que no quepa descalificarla como acto judicial.

Pienso, en consecuencia, que no media relación directa e inmediata entre lo decidido en el sub lite y las cláusulas constitucionales invocadas por el apelante y creo, por lo demás, que éste no ha visto afectado en forma substancial su derecho de defensa en juicio.

Entrando al análisis de los agravios expresados en el remedio federal señalo que los mismos se apoyan esencialmente en la afirmación formulada por el recurrente en el sentido de que el a quo ha resuelto "aceptar la validez de un boleto de compraventa privado, protocolizado, opuesto 1) 28 de diciembre. Fallos: 286:09 ; 3:131 ; 31:103 ; 99:155 ; 125:218 ; 183:350 ; 211:043 ; 278:15 ; 175:300 ; 188:081 ; 193:386 ; 203:274 ; 248:350 ; 247:429 .

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Año: 1975, CSJN Fallos: 293:705 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-293/pagina-705

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